jueves, 18 de abril de 2013

18 de abril: Día Europeo de los Derechos de los Pacientes

Imagen de un hospital
     Hoy, 18 de Abril, se celebra el Día Europeo de los Derechos de los Pacientes. Este día se celebra desde 2007 gracias a la iniciativa de Active Citizenship Network (ACN)

     Veo importante realizar una entrada con esta información para que los pacientes conozcan qué derechos tienen. Además de que conozcan ésto, aprovecho la entrada para informar de algo que todos deberíamos tener en cuenta: cuándo recibir Atención Especializada y cuándo Atención Primaria.


     El Día Europeo de los Derechos de los Pacientes se creó con el objetivo de "informar, debatir y adoptar compromisos para mejorar los derechos de los pacientes en Europa"    
  
     Si preguntamos a un paciente cuáles son sus derechos, seguramente no sepa contestar, o no sepa que tiene 14 derechos fundamentales en relación con sus servicios de salud. Estos derechos están recogidos en la Carta Europea de Derechos del Paciente, elaborada en 2002 por la ACN. Esta carta está basada a su vez en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, e incluye, como he dicho anteriormente, 14 derechos. Éstos son:

1. Derecho a la prevención de la enfermedad.
2. A acceder a los servicios de salud que precise cada persona, sin discriminación en función de los recursos, lugar de residencia o enfermedad.
Personas con un cartel: derechos y
deberes de los usuarios
3. A la información.
4. Al consentimiento.
5. A la libre elección.
6. A la intimidad y confidencialidad.
7. Al respeto del tiempo de los pacientes.
8. Al cumplimiento de los estándares de calidad.
9. A la seguridad-
10. A la innovación.
11. A evitar los sufrimientos innecesarios y el dolor.
12. A un trato personalizado.
13. A reclamar.
14. A recibir compensación.

     Personalmente, pienso que varios de estos puntos no se cumplen en la actualidad, o no se cumplen en su totalidad. Es positivo que existan días como el de hoy para que los pacientes sean conscientes de sus derechos, y de qué deben hacer en el caso de que no se cumplan. Y vosotros, ¿Qué pensáis?¿Se respetan estos derechos en la práctica diaria?

"Y estos derechos..a respetarlos eh? ¡No vaya
a pasar como con los diez mandamientos"
     El otro punto que me gustaría tratar en la entrada (y que pienso que puede ser considerado como un "deber"), es que conozcáis en qué casos se recibe Atención Primaria (AP) y en cuáles Atención Especializada (AE); así, existen criterios para saber en qué casos acudir a un servicio y en cuáles al otro (y generar así ahorro). Fundamentalmente, nos basamos en dos:

- Nivel del riesgo del problema: en AE se tratan los problemas con mayor riesgo, y en AP los problemas estables y funcionales (la vida del paciente no está en riesgo).
- Complejidad terapéutica: se considera que los tratamientos básicos deben realizarse en AP y los complejos (considerando complejo cuando precisa actuaciones intensivas) en AE. Se utiliza como criterio el número de visitas semanales y el número de sesiones totales.

     En lo que se refiere a Fisioterapia, hay también una serie de servicios en relación a la AP y la AE:

ATENCIÓN ESPECIALIZADA

- Asistencia a pacientes hospitalizados: recuperación y prevención de las diferencias y discapacidades (por ejemplo, ejemplos pre y post-quirúrgicos, neurológicos y respiratorios)

- Asistencia fisioterapéutica ambulatoria, en la que van desde su casa al hospital (pueden ser pacientes que hayan estado hospitalizados y pacientes que no lo hayan estado). Por ejemplo:
  • Pacientes tratados con inmovilización durante un periodo superior a dos meses o que han tenido fracturas complicadas.
  • Enfermedades neurológicas en procesos de reagudización, por ejemplo, Alzheimer.
  • Enfermos en fase preoperatoria.
  • Derivados de Atención Primaria.
ATENCIÓN PRIMARIA

- Atención a problemas incluidos en programas educativos. Por ejemplo:
  • Atención al niño.
  • Atención a la mujer.
  • Atención en el adulto.
  • Atención al anciano.
  • Fisioterapia y Salud Mental (de este apartado ya hablé en la entrada publicada el 11 de abril)
- Atención Fisioterapia Ambulatoria. Por ejemplo:
Viñeta irónica de Quino
  • Pacientes con inmovilizaciones inferiores a tres meses y sin complicaciones.
  • Pacientes agudos y crónicos incluidos en cartera de servicios.
  • Pacientes derivados de AE.
- Atención Fisioterapéutica a Domicilio:
  • Pacientes con discapacidades locomotrices transitorias.
  • Seguimiento de pacientes con discapacidades permanentes.
     Y hasta aquí la entrada de hoy. Nunca es tarde para aprender cosas nuevas, así que espero que esta información, que será nueva para muchos (pero muy útil a la vez) os haya parecido interesante. 

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